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Relatoria 29/6

Grupo: Aldana Barresi, Laura Miyara, Tomás Milano y Juan Manuel Monaco.

La clase del 29 de junio cerraba las exposiciones en torno a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

El primer grupo en exponer tenía el Eje "Contenidos": La Ley establece cuotas de producción nacional, local, independiente y propia. La radiodifusion estatal requiere un 50% de producción propia.
Se destacó aquí la importancia que se le da al tipo de contenido, lo que hace a esta ley diferente a todas las otras. Con un claro objetivo de darle lugar a voces que antes no tenían lugar. Además planteba el freno a las repetidoras, lo que conllevaría a fomentar la producción local y distribuir el trabajo en el territorio.
La ley también fomenta los bienes culturales, las artes visuales nacionales (determinando 3 novelas obligatorias por año), y cuotas de producción para niños.

El segundo grupo expuso el Eje "Publicidad". La Ley prevé una tarifa social cuando la situación lo amerite; un gravamen (impuesto por servicios que se brindan); y determina donde van esos fondos: 50% en cine, musica, etc; y 50% para medios públicos.
Se hizo una comentario en este punto de que la Ley no reglamentó la pauta oficial basada en los "21 puntos para una comunicación democrática".
Se destacó el papel de las nuevas tecnologías como pilar básico. Como medio de creación y distribución, y que fomente la participación general de la sociedad.

Finalizados todos los ejes de ésta Ley, los integrantes de la cátedra realizaron una exposición propia sobre la misma. Presentaron un resumen cronológico de la Ley desde su sanción hasta su modificación a traves del DNU 267/15, y las modificaciones que éste plantea.
La ley fue sancionada el 10 de octubre de 2009, y el 26 de octure del mismo año el Grupo Clarín hace una presentación judicial declarando la inconstitucionalidad de 4 artículos esenciales de la ley. Estos son los artículos 41 (sobre las licencias), 45 (multiplicidad de las mismas), 48 (concentración inadebida), y 161 (adecuacíon).
Luego de medidas cautelares, apelaciones del Estado, un persaltum y audiencias públicas, la Corte Suprema falló a favor de la consitucionalidad de estos artículos.
En diciembre del 2015, el Gobierno de Mauricio Macri aplica un Decreto de Necesidad y Urgencia que modifica parcialmente la ley, pero que contradice profundamente su intención inicial. Disuelve los organismos y funda el ENACOM, que es controlado por el Poder Ejecutivo. Altera los articulos 40, 41, 45, 54 y 63; y anula los art. 48 y 161. Claramente los que fueron cuestionados durante los años anteriores y que regulaban el poder de los grupos hegemónicos. Finalmente, el 6 de abril de 2016 el DNU fue ratificado por el Congreso. Dejando como resultado una ley híbrida que mezcla normativas con diferente espíritu. 


Con esto se dio fin a la clase, planteando un último encuentro para cerrar la materia.  

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