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Relatoría Clase 10 de junio

Por: Bosio Marilín, Reyna Laura, Scasciafratti Esteban, Vigouroux Lourdes.

En la clase pasada los docentes expusieron uno de los temas relevantes en nuestros días acerca de  la Argentina y el Derecho a la Comunicación. Primero hicieron hincapié en este derecho que  implica antes que todo acceso y participación. Asimismo, este derecho está relacionado a otros que tienen que ver con los cuatro que detallamos a continuación.
   a - Derecho civil
   b - Derecho a la información
   c - Derecho a informar
   d - Derecho a informarse
Todo esto era considerado importante antes que surgiera la Ley de servicios de comunicación audiovisual. A partir de esto, nos preguntamos ¿Cómo se construye el derecho a la comunicación?. Y es así que es necesario considerar el Pilar del Sistema Comunicacional: La constitución nacional y su reforma en el año 1994, donde incorpora algunos tratados internacionales donde considera por un lado; los derechos del hombre (1948) y por otro lado el Pacto de San José de Costa Rica (1968).

Además el derecho comunicacional implica otros derechos como la libertad de expresión, la búsqueda de la información, el acceso a las fuentes públicas de información (derecho ciudadano), el acceso a las fuentes públicas, el habeas data (datos propios de las instituciones del Estado). De acuerdo a estos derechos se expusieron algunos ejemplos: el de Beatriz Salomón donde habían escrachado a su marido en ese entonces, el acoso de los periodistas rompiendo el derecho de privacidad de Diego Maradona, el ejemplo del concejal que salió en una filmación agrediendo a una persona, entre otros. Como consecuencia de estas acciones se realizan muchos juicios morales donde se reclama el derecho a la intimidad. En referencia a este derecho un alumno recomendó dos películas: “Matar al mensajero” y “El Juicio”.

Por otra parte, el derecho a la libertad de expresión lo encontramos en el artículo 14, el artículo 32, el artículo 13 de nuestra Constitución Nacional de 1853 y en el Pacto de San José de Costa Rica a partir de la Reforma de 1994 (apología de lo social, de lo religioso). Sobre estos artículos los docentes dieron la consigna de investigar e informarnos en detalle qué trata cada uno. Y También la libertad de expresión incluye el derecho de buscar información y el derecho a las fuentes del derecho público y privado.

Luego, expusieron la declaración de los derechos humanos (artículo 19) que implica en el derecho a la comunicación algunos puntos importantes. Por un lado, el Pluralismo que significa tener la diversidad de emisores y propuestas, donde garantiza el derecho a la comunicación, pluralismo también constitutivos y culturales, como así también el antimonopolio y la anticoncentración. Otro de los puntos es la Independencia del Sistema político y de las grandes empresas económicas. Y además el Federalismo, ligado a la descentralización de las células administrativas y de control respetando la jurisdicción federal, el respeto a las identidades regionales y a la diversidad étnica, el fomento a la producción local, provincial y regional y por último las redes de producción (repetidoras), de distribución y difusión.
Además, explicaron el derecho a la complementariedad para que los contenidos no respondan solamente a los intereses comerciales y también para que puedan vincularse con objetivos culturales y educativos que se plantean. Seguidamente, se mencionó otro el de calidad y diversidad, que presupone los cuidados estéticos, respeto por la audiencia e innovación y frescura.

Otro de los temas que desarrollaron, fue acerca de los Servicios públicos que presupone respetar los siguientes principios: a - la idea de lo público (más allá de lo gubernamental e incluso lo estatal).  b - La presencia de algún tipo de planificación. c - Presencia de algún tipo de participación en estas instancias. d - Lógica de acceso universal. e - Calidad y algún grado de presencia de complementariedad y financiamiento mayoritario. f - Erario público (cuando son considerados como servicios públicos y no como mercancías). Y a estos se suman las nuevas tecnologías, la capacitación humana y el fomento a la investigación ligado a la comunicación.

¿Pero como es el acceso? tiene una cobertura territorial y geográfica. Una accesibilidad y equidad en la distribución de los recursos. Y la participación considerada en sus distintos niveles: en la intervención y producción de los mensajes, en la intervención en la toma de decisiones y en la intervención en la planificación del sistema.

Por otro lado, se expuso la parte histórica que compete a los distintos gobiernos de nuestro país  a partir de 1984 en el área de la comunicación. Comenzando con la política comunicativa de Alfonsín de 1984 de tipo feudal, existía la Secretaría de comunicación, la empresa Nacional de Telecomunicaciones, las empresas nacionales (telégrafos y servicios postales), emisoras de televisión a color, compañías de telefonía a larga distancia (bajo control de la presidencia), numerosas Cooperativas telefónicas, secretaría de servicios y obra pública, el SIP (Secretariado de información pública) y el COMFER (Comité Federal de Radiodifusión). Además, la televisión por cable tuvo muchos abonados en Argentina, donde graduados y docentes tuvieron diversos microemprendimientos.

Inmediatamente se dió a conocer que hubo muchos cambios tecnológicos. Uno de estos cambios fue la fuerte presencia de la editorial en nuestro país. Surgieron los libros de papel que tuvieron mucha preponderancia en los años 1973/74 hasta el Golpe de Estado y donde luego se abrió su importación, especialmente las españolas. La industria discográfica tuvo su apogeo después de las Malvinas. La industria electrónica fue decreciendo bastante. Los canales de televisión eran propiedad exclusiva del gobierno, donde solamente los canales se vendían o se alquilaban los programas a las agencias de publicidad. En referencia a esto, el gobierno establecía el precio de emisión en función del volumen de ventas y de las formas de pago. Este sistema era discriminatorio para los pequeños compradores que se veían obligados a pagar precios muy altos.

Mientras todo esto ocurría, los partidos de oposición (peronistas) presionaban para que se abriera en el Congreso el debate en torno a la Ley de Radiodifusión, ya que dependían absolutamente de los medios privados. A su vez, en el ámbito social se desencadenaron huelgas, saqueos acompañados por una fuerte hiperinflación, reducción de salarios y pérdida de empleos (1989).

En los años 90 hubo una transformación en el sector de las comunicaciones. En el gobierno de Carlos Menem se privatizaron los servicios públicos (agua, gas, teléfono, aerolíneas) y los medios de comunicación no fueron una excepción a esta medida. Uno de los comunicadores, Bernardo Neustadt realizaba una parodia en su programa acerca de la privatización del teléfono. En otras palabras, el liberalismo reinaba y el mercado manejaba todo.
Simultáneamente se da la concentración mediática, aplicación de políticas neoliberales donde tuvo como consecuencia tajear la Ley de Servicios Audiovisuales, más centralización, menos participación.

Luego hubo un proceso de expansión de los medios y un recambio tecnológico marcado por la presencia de capital extranjero. Aún así en el ámbito de la comunicación se encontraron con: la supervivencia de un marco legal desactualizado y alterado por numerosos decretos y resoluciones, un caos administrativo y técnicos en los dominios de aplicación. Como así también con regulaciones y favores concedidos producto de las buenas relaciones, entre otras.

En cambio, en 1999 sobrevino el gobierno De La Rúa que duró 740 días en el poder, con un estilo diferente donde cambió la forma de conducción pero no el fondo del modelo y donde se profundizó el régimen neoliberal. Surgió la Ley 25208 vs. el Sistema Nacional de Medios Públicos y en el año 1999 la Ley conocida como TRA que luego cambió su nombre por ATC. Algunas transformaciones sucedieron: la Radio y Televisión Argentina por el Sistema Nacional de Medios Públicos, el Canal estatal ATC (Argentina Televisora a Color) pasó a llamarse Canal 7  Argentina (cambió de logo, nueva programación)
Seguidamente, un proyecto resurgió sobre la Ley de Radiodifusión, donde se pretendía normalizar el espectro con más televisores y con una cantidad de kilómetros de alcance. En consecuencia, se abrieron muchas licitaciones sin la ley aprobada y en el 2001 se autorizaron 50 licencias de tv.

¿Cuándo y dónde surge la radiodifusión? surge en 1920 en la ciudad de Buenos Aires. La actividad privada fue la primera impulsora del medio en un ámbito liberal en el que el Estado no intervenía. Ejemplos de estos fue la radio Argentina, la Nacional, Belgrano y Splendid, entre otras.
Primero se transmitían obras en vivo, música, deportes y más tarde el radioteatro. Pero ninguna contaba con una reglamentación específica. Y en los años 30 surgen los primeros proyectos de Ley de radiodifusión.
En ese momento existían dos modelos de comunicación: EE.UU, comercial y de carácter privado que tenía el gran financiamiento publicitario de las emisoras y Gran Bretaña, donde funda la BBCC (1922) como el único modelo público e independiente que se financiaba por medio de impuestos.

En otro orden, surge la televisión (1951) a través de un modelo estatal a diferencia de la radio. El gobierno peronista comienza la transmisión con un Acto de Lealtad Peronista (17 de octubre) en la Plaza de Mayo en Buenos Aires. Respecto a esto se inauguró Radio LT3 y Canal 7. La comunicación constituyó un área prioritaria para Perón que supo ver el poder de los medios.

En 1953 surge la Ley 14241, primer proyecto de ley considerada de interés público donde se crea el SOR (Servicio Oficial de Radiodifusión) que incluía Canal 7 y Radio Belgrano. Asimismo, en 1972 se crea la Ley Nacional de Telecomunicaciones donde se inaugura el COMFER (1973) que dependía de la Secretaría de Prensa de la Presidencia.

A su vez, en 1980 se sanciona el  Decreto “Ley 22.285” con el Decreto 286/8, donde convierte al Comfer, define el servicio de interés público. Acorde a la doctrina de Seguridad Nacional la ley incorporaba la lógica de los gobiernos de facto y un fuerte control del Estado. A saber, hubo más de 200 modificaciones desde su sanción. Con respecto a esta ley hubo algunas modificaciones donde las normas estaban a los pies del mercado. Una de ellas fue la Ley de Reforma del Estado (23969), Ley de Emergencia Económica (23697), Ley Dromi (1989) donde la emergencia de la totalidad de servicios públicos y sociedades del Estado, permitían la intervención y luego la privatización.

En consecuencia, hubo un repliegue o reconversión del Estado respecto a sus funciones. Así surge el
Art 45 que permitía a los propietarios de los medios gráficos volcarse a la radio o a la televisión, donde el fenómeno de concentración tiende a profundizarse.
Otro fue el Decreto 1771/91 que levantó las prohibiciones sobre la formación de redes permanentes de televisión (disuelve identidad regional). También la Ley 24.124  que ratificaba el Tratado de Promoción y Protección de Inversiones Recíprocas de áreas reservadas para los EE.UU (1991- Ingreso de capital extranjero).

Finalmente se dieron a conocer dos momentos de la comunicación en los años 90. Primeramente, (1980 - 1995) acentuada por una fuerte privatización y luego (1995 - 1999) con una inversión en el capital extranjero en nuestras empresas comunicacionales. Seguidamente, se expusieron algunos de los artículos principales. El artículo 43 que elevó el número de licencias de radiodifusión (sonora o televisiva) en manos de una empresa de 4 a 24. La Ley de defensa de Bienes Culturales (“Ley Clarín”) Trabas a empresas extranjeras. El artículo 45 que permitió la participación de personas jurídicas sin fines de lucro en las actividades radiodifusoras. Y por último, el artículo 41 que realizó una Prórroga por diez años (15 en algunos casos) o más de dos plazos de licencia de radiodifusión.

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